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Aguinaldo de Fiestas Patrias

Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados: ¿De cuánto es el monto que se entrega este 2024?

 

Como ocurre todos los años y según lo consignado por ley, este 2024 habrá pago del aguinaldo de Fiestas Patrias para las personas pensionadas, cuyo monto ya fue definido por las autoridades.

 

 

 

 

Cabe mencionar que este aguinaldo lo reciben pensionados y pensionadas. Adicionalmente, la ley también establece un aguinaldo, aunque por otro monto, para las y los trabajadores del sector público.

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados?

El pago de este importante beneficio está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) y se otorga a los pensionados y pensionadas que reúnan las condiciones establecidas por el organismo.

Además, es fundamental tener en consideración que, este año, el monto del aguinaldo para las y los pensionados, tendrá un leve incremento respecto al beneficio dieciochero que se entregó el año pasado.

El monto del aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados que se entregará en este 2024 asciende a los $24.261. Cabe recordar que en 2023, el monto fue de $23.261 por pensionado o pensionada.

Sin embargo, podrán recibir un pago extra de $12.446, aquellos pensionados que, al 31 de agosto del presente año, tenga cargas familiares acreditadas como causante de la asignación familiar o maternal.

Por ejemplo, un pensionado que tenga una carga familiar acreditada, podrá recibir un aguinaldo de $35.707 pesos para Fiestas Patrias, considerando la suma del beneficio ($24.261) y los $12.446 que se otorgan por carga).

¿Qué pensionados reciben el aguinaldo?

De acuerdo a la Ley 21647, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 lo reciben quienes, al 31 de agosto próximo, sean:

  • Pensionadas o pensionados del Instituto de Previsión Social
  • Beneficiarios y beneficiarias de una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionadas o pensionados del Instituto de Seguridad Laboral.
  • Pensionadas o pensionados de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley N° 16.744.

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